Agrupación Europea de Pensionistas de Cajas de Ahorros y Entidades Financieras

PUBLICACIONES

Índice de Documentos > Boletín Euroencuentros > Número 10



EL tema propuesto sobre la “Protección Social en Portugal” no parece fácil, dadas las diferentes facetas

que presenta en la mayoría de los países que constituyen la Unión Europea.

Sin embargo, observando las cuestiones suscitadas y dentro de las posibilidades de espacio que tenemos, nos disponemos a dar una perspectiva de cómo se realiza la Protección Social en nuestro país.

 

PENSIONES

 

Las pensiones de jubilación se conceden por tres sistemas diferentes:

El primer sistema es el del Estado, en el que existe un organismo propio, “CAIXA GERAL DE

APOSENTAÇOES” (CAJA GENERAL DE JUBILACIONES) que trata de todo el proceso inherente a

los funcionarios públicos. En cuanto a los valores computados, dependen de los años de servicio prestados y de la última retribución obtenida por el funcionario cuando cesó en su actividad. Para tener derecho a la pensión de jubilación máxima (90%) serán necesarios, según la ley en vigor, 36 años de servicio y 60 años de edad; existiendo no obstante excepciones –caso de profesores, fuerzas armadas y militarizadas, etc., en los que la edad para la jubilación es inferior– dado que se consideran profesiones de desgaste.

El segundo sistema, “SEGURANÇA SOCIAL” (SEGURIDAD SOCIAL), es el que engloba a todos

los que trabajan en entidades privadas. En esta situación, las condiciones y valores son diferentes

de los aplicados a los funcionarios públicos. Así, la edad para la pensión se cumple a los 65 años y se requieren 40 años de servicio; el porcentaje es del 80% computándose la media de las remuneraciones de toda la vida de trabajo. Las Compañías de Seguros están integradas en este sistema, detentando la mayoría de ellas sus propios Fondos de Pensiones que complementan, en parte, las pensiones concedidas por la “Segurança Social”.

En cuanto al tercer sistema, el de los Empleados Bancarios (¡en donde ANAC está incluida!).

Este sistema depende igualmente de los Fondos de Pensiones para cubrir la pensión de sus trabajadores.

Las condiciones para alcanzar esta situación son las que se encuentran definidas en el ACTV – “Acordo Colectivo de Trábalho Vertical dos Trabalhadores Bancarios ”(Acuerdo Colectivo de Trabajo Vertical de los Trabajadores Bancarios).

Sus porcentajes y años de servicio prestados son bastante diferentes de los sectores público y privado. Las pensiones son asignadas por una tabla especial, que se negocia con los Sindicatos del sector simultáneamente con otras remuneraciones. Esta negociación se efectúa anualmente. Existe además una “Pensão de Sobrevivéncia” (Pensión de Supervivencia), extensiva a todos los sistemas, que se asigna al cónyuge (viudo y viuda) y a los hijos menores o incapacitados. El valor de ésta pensión alcanza el 50% de la remuneración

obtenida por el pensionista en el momento de su fallecimiento.

 

ASISTENCIA SOCIAL

 

Tanto en el Estado como en la mayoría de las grandes empresas privadas existen Asistentes Sociales que atienden en el día a día los casos que se les presentan, intentando para ellos una posible solución.

El Banco Público (CAIXA GERAL DE DEPÓSITOS) y los demás Bancos Privados también poseen atención social equiparada a la del Estado.

 

 

PROTECCIÓN A LA SALUD

 

Los sistemas de “Protecçao na Saúde” (Protección a la Salud) son: la ADSE (Asistencia a la Enfermedad de los Servidores del Estado) para el sector público, y la Segurança Social para los trabajadores del sector privado. Existen, además, varios sub-sistemas de protección a la salud. De entre ellos destacamos los SAMS (Servicios de Asistencia Médica y Social de los Empleados Bancarios), que difieren un poco de los correspondientes a los organismos estatales.

 

 

LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN

 

No existe propiamente en Portugal un sistema organizado de lucha contra la discriminación, a

pesar de que existen varias ONG’S –Organizaciones no Gubernamentales–, que en el día a día

luchan por la igualdad de derechos para todos los ciudadanos.

 

PARTICIPACIÓN EN LA VIDA SOCIAL Y POLÍTICA

 

En Portugal los jubilados tienen, democráticamente, todos los derechos y deberes de participación

en la vida social y política, al igual que los trabajadores en activo.

 

FORMACIÓN

 

El derecho a la Formación durante toda la vida es prácticamente inexistente en Portugal. No

obstante, ciertos departamentos estatales y algunas empresas privadas conceden a sus empleados oportunidades de formación y reciclaje, principalmente a los cuadros en activo.

En algunas empresas privadas subsiste la particularidad de trabajadores que, después de jubilados, continúan prestando su contribución laboral, pero con la condición de simples colaboradores.

En este caso, a muchos de ellos se les ha proporcionado el acceso a la adecuada formación. Para los jubilados públicos (los del Estado) no se ha elaborado ningún tipo especial de formación, en iguales condiciones que en el sector privado.

 

Antonio Sirgado Serra

Presidente de ANAC