Agrupación Europea de Pensionistas de Cajas de Ahorros y Entidades Financieras

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LEY DE DEPENDENCIA

La revolución que viene

El pasado mes de abril el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en Situación de Dependencia (conocida como Ley de Dependencia).

 

Un millón y medio de personas dependientes

Se estima actualmente en 1’5 millones, las personas que en España padecen una situación de dependenciaen mayor o menor grado –no confundir con situación de incapacidad, que puede ser o no coincidente con la de dependencia–. Un 73% de estas personas son mayores de 65 años.

 

Cerca de 30.000 millones en servicios

Las iniciativas que esta Ley pondrá en marcha, previstas para su implantación gradual desde enero de 2007, pretenden posibilitar la prestación de servicios adecuados a personas que precisan de la ayuda de otras para poder realizar actividades básicas (vestirse, asearse, alimentarse, desplazarse, continencia), de manera prioritaria sobre la asignación de una prestación económica, esto es, con acceso directo a la obtención de los servicios necesarios, sostenidos económicamente, en su mayor parte, por el Estado.

 

A tal fin, se prevé destinar en los próximos 8 años, de las arcas del Estado, cerca de 15.000 millones de Euros, más una cifra similar de las Administraciones Autonómicas, además de la parte de copago quecorresponderá al beneficiario en función del tipo de servicio a recibir y de su nivel de renta. El derecho a la asistencia será universal –desde los 3 años-, subjetivo y exigible administrativa y judicialmente.

 

Consideración a la figura del cuidador

Esta ley no se limita a considerar la figura de la persona dependiente y su atención, sino que también, y en gran medida, tiene en cuenta a la del cuidador, previendo su formación y su regularización laboral (régimen especial en Seguridad Social, salario, cotizaciones, regulación de derechos y deberes, etc.).

Debemos de tener en cuenta que un 83% del colectivo de personas dependientes son atendidas hoy por suspropios familiares (preferentemente cónyuges o hijos) y un 12% por personas inmigrantes (preferentementemujeres). (Ver Cuadro de Perfil Medio del Cuidador).

 

Generador económico

Por otra parte, no hay duda de que la aplicación de esta ley promoverá la creación y desarrollo de una multiplicidad de pequeñas actividades económicas como servicios de comidas a domicilio, servicios de lavado y planchado de ropa, centros de días, centros de noche, servicios de transporte, servicios de teleasistencia,etc., que favorecerán la creación de empleo (se estima en 300.000 puestos) y la mejora del bienestarsocial.

 

En materia de productos financieros también se prevén novedades. Las compañías de seguros ya estudian,para cuando se publique la ley, el lanzamiento de seguros de dependencia, que cubran la parte que, en caso de producirse la contingencia, corresponda atender al titular; también es previsible el lanzamiento, por Bancos y Cajas de Ahorro, de productos de financiación específicos para atender los gastos de equipamiento e instalación de actividades dirigidas a la atención de dependientes y es presumible que la definición de esta nueva contingencia también se incluya en las coberturas de Planes de Pensiones. Por otro lado, a productos ya existentes pero con escaso desarrollo, como la Hipoteca Inversa, se les augura una mayor difusión tras la ley, y tampoco es descartable el establecimiento de incentivos fiscales para los instrumentos financieros privados que complementen la aportación pública, al igual que ocurre con los productos de Previsión.

 

Apuesta por el estado de bienestar

La Ley de Dependencia vendrá a ratificar la apuesta por el estado de bienestar, constituyéndose en su cuarto pilar, tras el de Salud, el de Previsión Social y el de Educación, después de que, hace unos años, fuera puesto en cuestión y distintos agoreros abogaran por el modelo americano de privatización de los distintos sistemas que lo componen. La persistente realidad de viabilidad y desarrollo del modelo de los países nórdicos y Holanda parecen avalar la confianza en el mismo, y con su implantación nuestro país se colocará, en esta materia, por delante de países europeos con un mayor nivel económico pero que no han pasado de tímidas iniciativas sobre este particular.

 

Buena parte de la trascendencia de esta Ley radica en el cambio social que supone dejar de asumir una confianza ilimitada en la familia, en su solidaridad intergeneracional y en su estructura tradicional de reparto de roles, que hacen recaer en la mujer la asunción de determinadas tareas, sin compensación alguna y con detrimento de sus posibilidades de desarrollo personal y profesional, traspasando al Estado buena parte de estas funciones y constituyendo, por tanto, nuevos derechos de ciudadanía.

 

Reto para las Cajas de Ahorro

Para las Cajas de Ahorro españolas y sus Obras Sociales también supondrá un reto importante. Nuestras

Entidades siempre han sido pioneras en cuestiones de interés social, la ley de Dependencia lo es y por ello, no cabe duda de que vamos a estar en primera línea dando soporte al mejor desarrollo de un sistema que a tantos puede favorecer, máxime cuando entre los agentes intervinientes se contempla la posibilidad de asociaciones sin ánimos de lucro, con las que ya tenemos un largo historial de colaboraciones fructíferas.

 

PERFIL MEDIO DEL CUIDADOR

• mujer

• entre 50 y 60 años

• sin empleo o que tuvo que abandonarlo

• 10’5 horas diarias de atención

• atención casi en exclusiva

• dificultades económicas

• dificultad mantenimiento relaciones sociales

• varios años en esta tarea

• patologías de cansancio, sueño, dolor de espalda y depresión

• sin tiempo para atención propia

• con miedo al futuro

Rafael Olivares Seguí

Director Técnico de OBS de la CAM