Agrupación Europea de Pensionistas de Cajas de Ahorros y Entidades Financieras

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Índice de Documentos > Boletín Euroencuentros > Número 9



Pensiones del segundo y tercer pilar
Gestión de nuevos seguros complementarios
Valoración de las propuestas

E
s posible, y creo que también útil, hacer un examen crítico de la situación de las pensiones complementarias, independientemente de lo que luego resulte de los hechos una vez que se apruebe la reforma. Las reflexiones y los principios que provienen de las diferentes posiciones son un buen ejemplo de las tensiones y los intereses que hay en juego. Cuando se publique este artículo ya debería estar todo definido, pero eso no quita, creo, el interés que debemos tener en el desarrollo de los hechos. Hoy, junio de 2004, con la forma de proceder del ente legislativo encargado de la reforma de las pensiones complementarias, están de actualidad los análisis sobre la naturaleza de los instrumentos necesarios para una correcta gestión de las nuevas pensiones. Se parte de la base de que los instrumentos se pueden comparar entre ellos en el plano de las prestaciones y teniendo en cuenta las ventajas e inconvenientes que implican.Hay que considerar que grandes intereses están en juego: en efecto, la transferencia del Tfr, 'Trattamento di Fine Rapporto', es decir, la liquidación laboral final a las nuevas pensiones complementarias, además de posibles aportaciones voluntarias, se estima en unos 15 a 20 mil millones de euros anuales. Es, por tanto, el momento de poner en marcha el crecimiento de los Fondos de Pensiones y ofrecer a los italianos la posibilidad de hacer frente a la cada vez más reducida capacidad del sistema publico (primer pilar) de garantizar unas pensiones adecuadas. Los instrumentos disponibles, fuera del Sistema Publico (primer pilar) son básicamente dos: los fondos cerrados de negociación directa por categorías, y los fondos de pensiones abiertos de naturaleza 'financiera' (segundo pilar) que se basan en el sistema de capitalización. El tercer pilar se basa en las actuaciones del ámbito de los seguros. El debate actual en Italia se desarrolla entorno a la dualidad de los fondos abiertos de naturaleza financiera y los sistemas de seguros que se contratan particularmente. Se trata de tesis opuestas que declaran salir en defensa de los intereses de los jubilados con la integración de la pensión del trabajador -ahorrador- indispensable para permitirle mantener en la edad inactiva un suficiente nivel de vida. Tenemos que especificar que hoy el asalariado que quiere asegurarse una pensión complementaria para beneficiarse de las contribuciones aportadas por el empleador, está obligado a elegir el fondo cerrado. Sin embargo, según la ley que acaba de entrar en vigor, podrá destinar el Tfr tanto al segundo como al tercer pilar. ¿La diferencia? Los fondos cerrados son formas colectivas a las que sólo se pueden adherir los que forman parte de una categoría especifica; los fondos abiertos, por el contrario, son de adhesión colectiva e individual, y de hecho, en ellos pueden participar trabajadores que provengan de distintos sectores. Es decir, que los Planes de Pensiones Individuales (Pip o Fip) son pólizas de adhesión individual cuyo único interlocutor es la compañía aseguradora.

Los conceptos expuestos a continuación han sido extraídos de artículos publicados en el periódico financiero 'Il Sole 24 Ore', firmado por Dario Frigerio y Giordano Lombardo - A.D. e Director de Globale Investimenti Pioneer; Fabio Cerchiai - Presidente de Área; Guido Cammarano - Presidente. Assogestioni; Isabella Della Valle e Federica Pezzetti; Luca Mainò - Consultor, y del periódico “La Stampapor Anna Messia. Vamos a resumir las tesis en cuestión tal y como se ven desde el punto de vista de la gestión financiera:

 

FONDOS DE PENSIONES ABIERTOS DE NATURALEZA FINANCIERA

• Total separación y autonomía del patrimonio del Fondo respecto al del sujeto constituyente, garantía de que se procura que aquel no se pueda distraer del objetivo de la previsión y de que las características de transparencia estén bajo tutela. La estructura y organización operativa, a través del banco depositario, están diseñadas para la tutela por parte del ahorrador que se constituyó su pensión.

 

 

• Posibilidad de ejercer el derecho de voto en las asambleas en las que el fondo de pensiones invierta.

• Portabilidad, es decir, la posibilidad de que el ahorrador pase de un instrumento a otro, con la cuantificación exacta del resultado de la gestión al que se ha llegado en el momento del cambio.

• Valoración del patrimonio según los precios del momento en el mercado, de manera que se controlen siempre los resultados parciales obtenidos, con el objetivo de realizar los ajustes necesarios.

• Posibilidad de asegurar un rendimiento mínimo garantizado del patrimonio gestionado, utilizando la tecnología financiera y no el principio de la mutualidad. En este caso, el gestor no necesita retener una parte del rendimiento extraordinario, como haría el gestor asegurador, ya que está en disposición de determinar con precisión, y de manera continua, lo lejos o cerca que se encuentra de alcanzar el rendimiento que debe garantizar

• Costes definidos, inferiores a los de la gestión del seguro. Un dato interesante puede ser el relativo a las inversiones de los fondos abiertos en los fondos comunes y Sicav. En este caso los reglamentos establecen que no deben gravar el fondo de pensiones los gastos de las compras y los derechos relativos a la suscripción y al reembolso de los fondos comprados, ni los gastos de gestión para evitar la duplicación de los gastos a cargo del ahorrador. En los Pip o Fip (Planes/Fondos complementarios de pensión) de los seguros, no existe este tipo de tutela. De hecho, a los gastos propios del producto se suman los derivados de los fondos y del Sicav subyacente.

GESTIONES DE NATURALEZA ASEGURATIVA

• Las disposiciones legislativas previstas por el decreto 124 de 1993, y en virtud de la ley 335 de 1995, establecen la equiparación de las reglas y de los costes. Las compañías seguradoras han presentado una enmienda en el Senado, rechazada, que pedía la posibilidad de gestionar los seguros de pensiones complementarios en el ámbito del primer y quinto sector y no a través del sexto sector como se había establecido con anterioridad, y por tanto siguiendo una gestión de las inversiones desde el punto de vista de los seguros y no financiera. Esto significaría, además, que para los patrimonios gestionados en ese momento no sería aplicable la separación de los patrimonios de la compañía, consiguiendo sí que no fueran identificables y distinguibles inmediatamente más que a través de una certificación posterior del patrimonio mismo, cuyos criterios están aún por definir; no solo sí, pero ni el banco depositario ni siquiera el informe de cuentas de la actividad sabían cómo vendría determinado el rendimiento, en base a la adecuación de la compañía a las ondiciones del mercado.

• El derecho a voto pasaría a las aseguradoras. En efecto, se produciría una notable complicación administrativa provocada en el ejercicio directo del derecho por parte del Fondo, lo que constituye una gran limitación a la participación activa en la 'gobernabilidad' de las empresas en las que se invierten los fondos.

• Mayores ificultades a la hora de transferir cada posición a otros fondos y menor transparencia de la posición individual. En este caso resulta clara la falta de transparencia, de separación y e n informe claro de las inversiones.

• Presunto aumento de la tendencia a valorar el patrimonio según el coste histórico y no según los precios actuales, lo que haría más estable el patrimonio y reduciría, por tanto, el fecto de la volatilidad provocada por la fluctuación de los precios del mercado. En realidad, esto no impediría que la misma pudiera volver a hacer valer sus efectos, a largo plazo, on precios no previstos.

• Rendimiento mínimo garantizado sobre el patrimonio en gestión, reteniendo una parte del rendimiento extraordinario con relación a la garantía. En otros érminos, el rendimiento viene determinado por la compañía en base a los criterios establecidos reglamentariamente por el ISVAP (Instituto para el Control de las Aseguradoras rivadas y de Interés Colectivo) y teniendo en cuenta lo que ofrezcan las compañías aseguradoras competidoras.

• Los costes son de difícil identificación, aun siendo más elevados ue los de los fondos de pensiones abiertos, a veces tan poco justificables frente a una necesidad de garantizar rendimientos a largo plazo. Las pólizas exigen unos gastos más levados en los primeros años, y en algunos casos se llega incluso a reducir la prima inicial en un 30-40% .

Y EN LO QUE SE REFIERE A LAS GESTIONES DE LAS ASEGURADORAS

• Protestan por la exclusión por ley de las gestiones asegurativas tradicionales del primer y quinto sector, que en todos los países, con sus garantías

financieras y demográficas, dan una aportación esencial a la previsión complementaria. No ven la necesidad de limitar por ley la facultad de gestión de los fondos de pensiones,  q ue son en buena medida capaces de elegir las opciones más convenientes tanto en lo referente a la gestión del seguro como financiera, según las ventajas e inconvenientes de  los plazos de rendimiento, riesgo, garantía, obligación de informar, y derecho de voto.

 

 

 • Insinúan que la verdadera razón de la hostilidad proviene del temor a la capacidad  competitiva de las aseguradoras. En efecto, según su sondeo, la mayoría de los fondos que existían antes de la ley de 1993 habían elegido la gestión de la aseguradora. No se pueden tener estos temores. Si se pretende tutelar de la mejor manera posible el ahorro y hacer más eficientes los mercados, estos objetivos no se consiguen comprimiendo  competencia y libertad de elección.

Las compañías de seguros son inversores institucionales de gran relieve, que realizan seguramente  una gestión financiera prudente y contribuyen con sus inversiones en obligaciones y acciones y con su orientación de gestión a largo plazo a la estabilidad  de los mercados financieros y al desarrollo económico e industrial del país. 

 • La gestión de los planes de seguros de previsión se efectúa a través de los llamados Pip o Fip, sobre todo en el sector de los seguros de vida, es decir el primer sector. Son fondos abiertos de adhesión individual a los que, sin embargo, no se aporta ni el Tfr ni la contribución del empleador tal y como establece el decreto 47 de 2000. Se ha aprobado,  por el contrario, una enmienda que establece una forma más amplia de posibilidad de comparación entre todas las formas de previsión, incluso las individuales, permitiendo la  transferencia del Tfr y la contribución  del empleador a estos últimos. Se pretende obtener de esta forma una apertura hacia la libertad de mercado que todos desean.

• Son  contrarias al mecanismo de contabilización  continua según el valor actual de los recursos invertidos porque con la valoración actual se puede llegar a hacer correcciones que no  siempre son óptimas. El  hecho de valorar la gestión de las inversiones hechas  por las aseguradoras permite sin embargo que se atenúe la volatilidad anual.

 

UN PROYECTO DEL TESORO

También se tiene en cuenta el proyecto elaborado  por los técnicos del Tesoro para la constitución de un fondo de pensiones especial en el INSP (Instituto nacional de seguridad Social). Una hipótesis que, a pesar de que se haya pasado por alto la parte de la ley delegada Maroni dedicada a la previsión complementaria,  todavía está parada. En este fondo confluiría el Tfr devengado y movilizado por silencio administrativo que, según el Tesoro, debería ascender a unos 7 mil millones de euros de los 13 que representa el flujo anual de las liquidaciones.Esta solución provocaría también, siempre según los técnicos del Tesoro, un efecto sobre los objetivos de la clasificación de la relación déficit /PIB, válida para el Eurostat  ya que se registraría como entrada de la Institución y por tanto influiría en el saldo de la Administración Publica.

 

VALORACIONES

Los costes que recaen en los ahorradores están  influidos por el canal distributivo. Para los fondos cerrados, los costes son moderados (contratación directa), para los fondos de pensiones abiertos los costes son más elevados (canal bancario), mientras que para el Pip o Fip el canal distributivo mas oneroso (aseguradoras y  promotores) es la causa de un nivel de costes elevado. Volvemos a lo mencionado en relación a las  inversiones en fondos comunes y Sicav. A este respecto surge una pregunta: si la norma relativa a los fondos  abiertos, en relación con la duplicación de los costes se aplica a los Pip, ¿cómo será acogida teniendo en  cuenta que los gestores de los fondos internos de los Pip sufrirían una reducción de sus retribuciones? En lo  referente a las SGR (sociedades de gestión  del ahorro) y las compañías aseguradoras, deberán  bajar los  costes de sus productos, que permanecen  elevados, y hacerlos a la vez más transparentes. En efecto, las comisiones anuales de los fondos cerrados  se elevan a los 40-50 puntos. Los fondos abiertos llegan a un 1’50% aproximadamente y las pólizas al 2,50-3%. Cabe preguntarse si estos instrumentos van a mejorar el Tfr. Hoy en día las reservas anuales se han revalorizado en un 75% de la inflación, más un interés fijo del 1,5%. Los productos destinados a la jubilación  deberán demostrar que pueden superar este umbral. Esto no ha sucedido en los últimos tres años debido a las pérdidas de los paquetes de acciones y obligaciones de los Fondos, sean cerrados o abiertos,  aunque los resultados de 2003 inviertan la situación descrita. Pero debemos razonar con un horizonte de largo plazo, declara el Administrador delegado de Pioneer Investments, y a largo plazo las acciones han demostrado que rinden más que las obligaciones y por tanto más que el Tfr.

El presidente de la Assoprevidenza (asociación italiana para la previsión complementaria), Sergio Corbello, considera justa la equiparación entre los fondos de pensiones y las pólizas de las aseguradoras siempre que se salvaguarden los principios de posibilidad de comprobación, transparencia y portabilidad de los  instrumentos. Recordando la importancia, por ejemplo en América, de los fondos individuales, ejemplo exitoso, reafirma la importancia del amplio desarrollo de la previsión complementaria y de una competencia sana. Prevé además que en la práctica los flujos del Tfr confluirán esencialmente en los fondos negociables, que garantizan un mayor diálogo con el fondo mismo y resultan convenientes a nivel de costes. En los casos en que no exista la posibilidad de constituir fondos “ad hoc” se producirá la adhesión a fondos abiertos. Será necesario, en cualquier caso, potenciar la vigilancia. Para el administrador delegado del San Paolo IMI Wealth Management es importante la complementariedad entre los instrumentos aseguradores y financieroscon la unión de eficientes gestiones financieras y aseguradoras, excluyendo cualquier forma deantagonismo. Habrá también que preservar y reforzar las características distintivas del ahorro administrada transparencia, protección contra el riesgo y disciplina para evitar el antagonismo, reforzar la gestión de los sectores primero y quinto. Pone de  manifiesto, de igual manera, la costumbre de las aseguradoras de gestionar pasivos aleatorios además de la posibilidad de ofrecer coberturas necesarias de la persona. Concluye diciendo que siempre queda la regla de oro, en la elección de la inversión de cualquier suscriptor, de perseguir el objetivo de la sostenibilidad del nivel de vida, antes que basarse en la propensión individual al riesgo. El debate sigue, de  todas formas, abierto y cabe pensar que habrá problemas a la hora de poner en marcha las modificaciones previstas. Todo esto a causa del limitado tiempo (seis meses) que transcurre desde la aprobación del texto legislativo, a la toma de decisiones sobre los propios Tfr por parte de los ahorradores y para la creación de productos individuales idóneos para responder a las nuevas disposiciones.

Para “Consultique”, y con el fin de garantizar una mayor transparencia y posibilidad de comparar los productos, es necesario, también para los Pip, utilizar indicadores homogéneos de costes, como por ejemplo el TER (total expense ratio) que ya se utiliza para calcular los costes anuales que gravan los fondos comunes de inversión y los Sicav, poniendo de relieve así el resto de costes que gravan los productos de previsión.

Según los gestores financieros no cabe la alternativa entre los fondos de pensiones gestionados con métodos financieros y la gestión de las aseguradoras, ni se pretende prohibir la (justa) competencia entre los  intermediarios, sino distinguir los productos que no son comparables entre si. Aunque es de desear que cada vez más individuos puedan beneficiarse de soluciones apropiadas para el problema de la previsión, no  debemos confundir este objetivo con la voluntad de poner todos los instrumentos al mismo nivel, incluso si persiguen propósitos totalmente diferentes.

 

RESUMIENDO

Situación actual: los trabajadores que quieran ahorrar para asegurar su pensión complementaria, disfrutando de a) las deducciones fiscales, b) de la contribución del empleador y c) la descongelación del Tfr, están obligados a contratar un fondo de pensiones de carácter negocial con las respectivas empresas/ categorías.

 

Objetivo de las compañías: que los empleados puedan escoger contratar también pólizas individuales de los sectores 1 y 5 (Pip/Fip) disfrutando de las posibilidades de los puntos a), b) y c) sin tener que inscribirse preventivamente en ningún fondo de pensiones negociales de las respectivas empresas/categorías.

Puede parecer que el problema no merezca nuestra atención, ya que no concierne a los actuales jubilados,pero esto no es, en buena medida, del todo cierto ya que formamos parte de la plataforma Europea Age y tenemos que aprender a enfrentarnos a todos los problemas que, aparte de afectarnos directamente, afectan a los trabajadores de hoy que serán los jubilados de mañana. Esta exposición pretende ser una contribución al debate que se está llevando a cabo en Europa, creo que lo que pasa en un país de la UE concierne también al resto de países miembros. Considero que nuestra atención se debe centrar en todos los temas que nos pueden afectar y deseo que la información pueda circular más ampliamente entre todos nosotros.

 

Franco Salza

Presidente Federazione Nazionale Sindacale

Delle Associazioni dei Pensionati del Credito